Vol. 11/ Núm. 2 2024 pág. 1580
algunas bases que pueden dar la apertura a reformas para su regulación definida como una norma
universal e interdependiente a las demás.
Continuando con el tenor de ideas anterior, la IA tiene la capacidad de mejorar la dignidad
humana al mejorar el acceso a la educación, siendo éste derecho establecido en la Convención
Americana sobre Derechos Humanos (1981), en su artículo 11, adicionalmente, al reconocer el
uso de la IA como un derecho humano fomenta y garantiza el Desarrollo Progresivo, establecido
en la misma convención en su artículo 26, y con ello permitir y fomentar el desarrollo de las
personas, llevándolo hacia esferas de igualdad, inclusión y protección de derechos.
De forma específica o expresa, la prerrogativa internacional que puede asemejarse y
ajustarse más, hasta el momento, es lo establecido en el Protocolo Adicional a la Convención
Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
"Protocolo De San Salvador" (1988), donde, dentro del artículo 14 apartado primero inciso b,
reconoce el derecho de toda persona a gozar de los beneficios del progreso científico y
tecnológico, dando lugar a que los Estados partes, busquen los mecanismos para la salvaguarda
del uso de los avances tecnológicos de la inteligencia artificial.
Ahora bien, dentro del marco legal de la normativa mexicana, se puede identificar lo
determinado en la CPEUM (1917), dentro del artículo sexto, en donde hace mención en el párrafo
tercero sobre el derecho de las personas al acceso a la tecnología, incluso, obligando al Estado a
ser el garante de las condiciones de competencia para la prestación de los mismos, y así tener una
base para la incorporación de esta nueva tecnología en la legislación nacional.
Personalización De La Educación Con Inteligencia Artificial
Teniendo en consideración el uso de la IA como una herramienta para el derecho humano
de la educación, ayudaría a promover la igualdad y mejorar el desarrollo de los estudiantes, ya
que la IA se adapta a lo que el usuario le va requiriendo, y con ello se acoplaría al avance y
desarrollo educativo de cada individuo, llevando a cabo una educación personalizada (Marín,
2023); de igual forma, fomentaría la igualdad e inclusión, a través de su uso como apoyo para
aquellos estudiantes, y personas en general, con capacidades audiovisuales disminuidas.
Con la implementación de la IA en la educación, considerando el modelo educativo
constructivista, se enfocará en el estudiante como agente central del proceso de enseñanza, siendo,
de acuerdo a Rubio y Jiménez (2021), enfocado o dirigido hacia la innovación, y con ellos
llevándolo en esta nueva forma de conocimiento constructivista-tecnológico.
Ledesma (2023) explica que, para la enseñanza del derecho, así como la enseñanza en
general, es relevante la implementación de modelos educativos que permitan la participación del
estudiantado y permitan salir de un esquema repetitivo. Es así, que dicha personalización de la
educación a través del uso de IA puede darse en varias vertientes y aplicaciones desde hablar de
un aprendizaje adaptativo en entornos virtuales de aprendizaje hasta la implementación de
chatbots especializados; ambos impulsados por el machine learning, los cuales podrían