Vol. 11/ Núm. 2 2024 pág. 2366
https://doi.org/10.69639/arandu.v11i2.424
Análisis de la posibilidad de imputar a los adolescentes
infractores en el Ecuador
Analysis of the possibility of a preliminary accusation against juvenile offenders in
Ecuador
Pepe Junior Stalin Maurad Villacrés
pepemaurad@hotmail.com
Investigador Independiente
Duran, 2024
Mauricio Javier Sánchez Medina
mauricio_sanchez666@hotmail.com
Investigador Independiente
Duran, 2024
Hólger Geovanny García Segarra
hggarcias@ube.edu.ec
https://orcid.org/0009-0005-9762-9239
Investigador Independiente
Duran, 2024
Artículo recibido: (la fecha la coloca el Equipo editorial) - Aceptado para publicación:
Conflictos de intereses: Ninguno que declarar.
RESUMEN
Este estudio jurídico tuvo como objetivo analizar la viabilidad jurídica y social de la imputación
de adolescentes infractores en Ecuador, considerando el marco legal vigente y la creciente
participación de adolescentes en delitos graves, con el fin de proponer medidas que permitan una
justicia penal juvenil equitativa y efectiva. Entre 2019 y 2023, el número de homicidios cometidos
por y contra adolescentes aumentó dramáticamente. Las estadísticas muestran un incremento del
640% en la tasa de homicidios infantiles y adolescentes en solo cuatro años (UNICEF, 2024a,
2024b). Este fenómeno está vinculado a la actividad de bandas criminales que reclutan jóvenes
para actividades delictivas, incluyendo el sicariato. Se uso el método cualitativo incluyendo una
revisión sistemática de literatura, leyes, reglamentos y sentencias judiciales empleando el método
exegético, revelando las deficiencias en la aplicación práctica del marco legal ecuatoriano, que
intenta proteger los derechos de los adolescentes, siendo que la Constitución de la República y el
Código de la Niñez y Adolescencia, limitan la imputación penal de adolescentes. Las conclusiones
subrayan la necesidad de un enfoque integral que combine prevención, intervención y justicia;
además, se propone una reforma al Código Orgánico Integral Penal, para que se sancione con
penas más severas a los adultos que utilicen a menores en actividades delictivas.
Palabras clave: delincuencia juvenil, bandas criminales, homicidio, sicariato, Ecuador
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ABSTRACT
This legal study’s intent was to analyze the legal and social feasibility of the preliminary
accusation of adolescent offenders in Ecuador, considering the current legal framework and the
increasing involvement of adolescents in serious crimes. The goal is to propose guidelines that
allow a fair and effective juvenile criminal justice system. Between 2019 and 2023, the number
of homicides committed by and against adolescents dramatically increased. Statistics show a
640% rise in the rate of child and adolescent homicides in just four years (UNICEF, 2024a,
2024b). This phenomenon is linked to criminal gangs that recruit youths for criminal activities,
including contract killings. A qualitative method was employed along with a systematic review
of literature, laws, regulations and judicial rulings applying the exegetical method. This revealed
the deficiencies in the practical application of the Ecuadorian legal framework, which aims to
protect adolescents’ rights, as both the Republic Constitution and the Childhood and Adolescence
Code limit the criminal prosecution of adolescents. The conclusions emphasize the need for a
comprehensive approach that combines prevention, intervention, and justice; furthermore, a
reform to the Organic Integral Criminal Code is proposed to impose harsher penalties on adults
who use minors in criminal activities.
Keywords: juvenile delinquency, criminal gangs, homicide, contract killing, Ecuador
Todo el contenido de la Revista Científica Internacional Arandu UTIC publicado en este sitio está disponible bajo
licencia Creative Commons Atribution 4.0 International.
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INTRODUCCIÓN
En los últimos años, Ecuador ha enfrentado una crisis de seguridad sin precedentes,
mucho de estos actos son realizados por adolescentes. Este fenómeno está estrechamente
relacionado con la creciente actividad de las bandas criminales, que reclutan a jóvenes para
actividades delictivas, incluyendo el sicariato (Diario El Comercio, 2021).
En 2021, el Servicio de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de Libertad y
Adolescentes Infractores (SNAI) reportó que 392 menores de entre 12 y 18 años estaban
cumpliendo medidas privativas por 16 delitos diferentes. Las cámaras de seguridad de los
establecimientos comerciales en Ecuador han captado numerosos robos en los que participan
niños y adolescentes. Asimismo, otros menores figuran en los informes policiales de operativos
relacionados con el narcotráfico (Primicias, 2021).
El problema radica en el reclutamiento de adolescentes en bandas criminales o crimen
organizados con el propósito de entrenarlos y usarlos para el cometimiento de delitos, por lo que
este artículo tiene como objetivos específicos examinar el marco constitucional y legal e
identificar las limitaciones jurídicas; además revisar la posibilidad equilibrar la protección de los
derechos de los adolescentes con la necesidad de garantizar la seguridad pública y la justicia y
como objetivo general el análisis de la posibilidad de la imputación de adolescentes en delitos
contra vida, siendo en la actualidad un tema de creciente preocupación en Ecuador.
Un factor adicional que contribuye al reclutamiento es la influencia del narcotráfico y la
violencia. En numerosas comunidades, el «narco» es idealizado y considerado un modelo a imitar,
especialmente en áreas donde la presencia del Estado es limitada, a menudo, el estilo de vida
criminal se presenta de manera de protección y el grupo criminal es considero como familia, lo
que puede atraer a los jóvenes hacia esa elección. Asimismo, la falta de una presencia estatal
efectiva constituye una tercera causa. En regiones rurales y marginadas, la corrupción y la
ineficacia de las fuerzas del orden permiten que las organizaciones criminales operen sin
restricción, creando refugios o microestados donde se ejerce un control criminal y donde el Estado
ha perdido su autoridad. La carencia de programas sociales eficaces que ofrezcan alternativas
viables para los jóvenes facilita el avance de la delincuencia (Pazmiño, 2024).
Se concluye, que para mejorar el enfoque actual y reducir la delincuencia juvenil, se
recomienda aumentar la inversión en programas de prevención y rehabilitación, mejorar la
capacitación del personal involucrado y promover una mayor coordinación entre las diferentes
entidades; además, es crucial involucrar a la comunidad y a la familia en estos esfuerzos para
asegurar un entorno de apoyo para los adolescentes. La Constitución del Ecuador y el Código de
la Niñez y Adolescencia limitan la imputación penal de adolescentes, ya que los consideran
inimputables hasta los 18 años. Estas normativas buscan proteger los derechos de los menores,
pero también permiten que grupos criminales los utilicen en delitos graves, como el narcotráfico
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y sicariato, sin enfrentar consecuencias legales severas, por lo que es necesario que se reforme el
COIP y que se implemente penas más severas en contra de los adultos que utilizan a los menores
de edad, para que las autoridades puedan sancionar este hecho repudiable.
METODOLOGÍA
El enfoque cualitativo jurídico se centra en la comprensión profunda y detallada del
problema y de la posibilidad de la imputación de adolescentes infractores en Ecuador. Este
enfoque busca responder a la pregunta de investigación: ¿Cómo se sanciona dentro del marco
legal ecuatoriano a los adolescentes acusados de homicidio, sicariato y demás delitos, y qué
implicaciones tiene esto para la justicia juvenil y la protección de los derechos de los menores?
Para responder a esta pregunta, se establecen los siguientes objetivos específicos: Analizar el
marco legal vigente en Ecuador respecto a la imputación de adolescentes, que incluye criticar las
implicaciones de estas prácticas legales en la protección de los derechos de los adolescentes y en
la eficacia de la justicia juvenil y como objetivo general analizar la posibilidad de imputar a los
adolescentes que cometan delitos. Para abordar este tema, se utilizó el método exegético
analizándose las fuentes primarias, se revisaron leyes, reglamentos y sentencias judiciales
pertinentes al tema. Esto incluye la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), la
Convención Americana de Derechos Humanos (CADH), y el Código de la Niñez y Adolescencia
de Ecuador. Estas fuentes proporcionan la base legal y normativa para el análisis.
RESULTADOS Y DISCUSION
Marco legal y políticas públicas para el tratamiento de adolescentes infractores
Para abordar el tema de los adolescentes infractores, primero debemos definir quién se
considera menor de edad. La Convención sobre los Derechos del Niño (1989), en adelante CDN,
establece en su Artículo 1 que "Para los efectos de la presente Convención, se entiende por niño
todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea
aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad" (Organización de las Naciones Unidas, 1989).
Esta definición de la CDN proporciona una visión general respecto a los niños y niñas. El Código
de la Niñez y Adolescencia (2003) ofrece una definición más específica en su Artículo 4, donde
se expresa: "Niño o niña es la persona que no ha cumplido doce años de edad. Adolescente es la
persona de ambos sexos entre doce y dieciocho años de edad". Esta diferenciación es esencial
para entender el tratamiento legal y social de los menores de edad en distintos contextos,
especialmente en el ámbito de la justicia penal juvenil.
El régimen jurídico aplicable a los adolescentes debe ser supervisado por tribunales
especializados, conforme a lo establecido en una serie de instrumentos internacionales y
nacionales. Entre estos se incluyen la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana sobre Derechos
Humanos, y la Convención sobre los Derechos del Niño, así como la Observación General 24 y
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la Opinión Consultiva OC-17/2002 sobre la situación jurídica y derechos humanos del niño.
Además, las Reglas de Beijing, Tokio y La Habana, junto con las 100 Reglas de Brasilia y las
Directrices de la "RIAD", también fundamentan este enfoque. En el ámbito nacional, en Ecuador,
esta protección está consolidada en el Artículo 175 de la Constitución de la República y en los
Artículos 255, 259 y 305 del Código de la Niñez y Adolescencia. ¨Es necesario un régimen
jurídico especializado para adolescentes en conflicto con la ley, respaldado por un robusto marco
normativo internacional y nacional. La mención de diversos documentos internacionales subraya
el compromiso con estándares globales que buscan asegurar un tratamiento justo y digno para los
menores involucrados en el sistema penal¨ (Cabrera Cabrera & Maldonado Ordoñez, 2023).
Según el Código de la Niñez y Adolescencia (2003) y la Constitución del Ecuador (2008),
se establece que los adolescentes son considerados penalmente inimputables, lo que implica que
no serán juzgados por tribunales penales ordinarios, en lugar de ello, cuando estos menores de
edad cometen infracciones que están tipificadas en la ley penal, se les aplican medidas
socioeducativas como respuesta a su conducta que van desde trabajo comunitarios hasta medidas
privativas de libertad que son mucho menores a las sanciones establecidas para los adultos. Este
marco legal es fundamental al examinar las acciones de los jóvenes involucrados en bandas
delictivas.
La Constitución en su capítulo III sobre los derechos de las personas y grupos de atención
prioritaria, establece que: Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres
embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de
enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada
en los ámbitos público y privado. (Constitución del Ecuador, 2008, art. 35). Esto significa que la
Constitución ecuatoriana reconoce a los niños, niñas y adolescentes como un grupo prioritario, y
establece que el pueblo ecuatoriano tiene la responsabilidad de proteger su bienestar psicológico,
físico y sexual, evitando que sean objeto de cualquier forma de violencia que pueda perjudicar su
desarrollo integral como futuros ciudadanos del país. Por lo tanto, es fundamental que las
instituciones encargadas de garantizar el cumplimiento de los derechos y obligaciones de este
grupo implementen políticas públicas adecuadas al crítico contexto que atraviesa Ecuador. El
objetivo es reducir, en la medida de lo posible, el riesgo de que estos jóvenes sean víctimas de las
bandas delictivas que operan en el país (Orosco Aguilar & Pineda Cando, 2023).
Es relevante mencionar que la Constitución de la República del Ecuador, junto con el
Código Civil y el Código de la Niñez y Adolescencia, reconoce a los adolescentes a partir de los
15 años ciertos derechos y facultades, como el derecho al voto, la posibilidad de firmar contratos
laborales y comparecer en juicios de alimentos. Esto sugiere que tienen la capacidad para discernir
entre lo correcto y lo incorrecto. Sin embargo, aunque la Observación General 24 (2019) del
Comité de Derechos del Niño aboga por no establecer responsabilidad penal a una edad tan
temprana, algunos países, como Argentina y varias naciones europeas, imputan a los adolescentes
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desde los 15 años, mientras que en Estados Unidos, la imputabilidad puede iniciarse a cualquier
edad (Orosco Aguilar & Pineda Cando, 2023).
No obstante, en ciertas circunstancias, el desarrollo de sus facultades intelectuales y
volitivas puede sugerir que tienen la capacidad de entender la ilicitud de sus actos y la voluntad
de no cometer delitos (Villanueva, 2015). El Código Orgánico Integral Penal, estipula sanciones
para adolescentes que cometen delitos. Estas sanciones pueden incluir hasta 10 años de
internamiento en centros especializados. Sin embargo, la aplicación de estas leyes enfrenta
críticas debido a la falta de recursos, infraestructura adecuada y personal capacitado para
implementar eficazmente las medidas socioeducativas. El marco jurídico intenta equilibrar la
necesidad de sancionar delitos graves con la protección de los derechos de los adolescentes. A
pesar de estas disposiciones, la efectividad de las leyes depende en gran medida de su correcta
aplicación y del apoyo institucional para los programas de reintegración y se requiere el análisis
constante de la legislación para adaptarse a las nuevas realidades sociales y delictivas que
enfrentan los adolescentes.
Factores Sociodemográficos, Perfil de los Adolescentes Infractores y Factores de Riesgo
Es fundamental señalar que los adolescentes pueden cometer los mismos delitos que los
adultos, pero la diferencia reside en cómo se les imputa legalmente. El Código de la Niñez y
Adolescencia, en su artículo 305, establece que los adolescentes no son penalmente imputables,
lo que significa que no serán juzgados por tribunales penales ordinarios ni recibirán las sanciones
previstas en las leyes penales para adultos (Congreso Nacional del Ecuador, 2003). En otras
palabras, los adolescentes que cometen delitos son considerados adolescentes infractores y no se
les imputan cargos de la misma manera que a los adultos. La Corte Constitucional del Ecuador,
en su Sentencia No. 9-17-CN/19 del 9 de julio de 2019, reafirma la existencia de un sistema de
justicia especializado para adolescentes infractores, lo cual implica que estos jóvenes deben ser
sometidos a procedimientos judiciales específicos para su edad y situación (Corte Constitucional
del Ecuador, 2019; Pandi et al., 2024).
El artículo 40 de la CDN establece que los menores acusados o declarados culpables en
un proceso penal tienen derecho a que se respeten sus derechos fundamentales, especialmente a
beneficiarse de todas las garantías de un procedimiento equitativo. También se debe evitar recurrir
a procedimientos judiciales y al internamiento en instituciones siempre que sea posible. Es
esencial que los operadores de justicia y los abogados de confianza sean especializados para
garantizar el interés superior del menor. Esto incluye la capacidad de invocar todo el corpus juris
que los protege o finalizar el proceso de manera anticipada mediante mediación, acuerdos
reparatorios, suspensión del proceso o remisión, siempre y cuando se cumplan los requisitos
específicos en cada caso (Cabrera & Ruiz, 2022) y la Convención Americana de Derechos
Humanos (1969), respecto a la integridad personal, establece que “cuando los menores puedan
ser procesados, deben ser separados de los adultos y llevados ante tribunales especializados, con
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la mayor celeridad posible, para su tratamiento” (Convención Americana de Derechos Humanos,
2005, art. 5). Al analizar, los factores de riesgo asociados con la comisión de delitos graves por
parte de adolescentes infractores se consideran que estos son múltiples y complejos, y suelen estar
interrelacionados, creando un entorno propicio para la delincuencia juvenil presentes en diferentes
regiones del Ecuador. Estos incluyen la desintegración familiar, la pobreza, la falta de
oportunidades educativas y laborales, y la exposición a ambientes violentos, la ausencia de figuras
paternas o maternas, el abuso y la negligencia son también determinantes en la conducta delictiva
de los adolescentes.
Las influencias sociales y los factores psicológicos están relacionados, puesto que los
adolescentes se ven influenciados por la presión de pares a la pertenencia a pandillas o grupos
delictivos pueden llevar a los adolescentes a cometer delitos graves. Estos grupos a menudo
proporcionan un sentido de identidad y pertenencia que los jóvenes no encuentran en otros
ámbitos de su vida; además de facilitarles el consumo de drogas y acceso a recursos económicos
a través de actividades ilícitas como el tráfico de drogas y el sicariato.
La falta de acceso a servicios de salud mental y de apoyo psicológico agrava estos
problemas. Las deficiencias en la accesibilidad al sistema educativo, muchos adolescentes no
tienen la oportunidad de formación académica, que le brinde oportunidades, que lleva a la
deserción escolar y la baja calidad educativa que limitan las oportunidades de desarrollo personal
y profesional, dejando a los adolescentes sin las habilidades necesarias para integrarse de manera
productiva en la sociedad.
Una publicación de la Revista Gestión elaborado por Liz (2024) presentó el análisis de la
experta Katherine Herrera que señala que la mayoría de los niños y adolescentes reclutados por
grupos delictivos son extremadamente vulnerables, al no contar con la presencia de adultos
responsables que se ocupen de su protección. Estos menores no asisten a instituciones educativas
y viven en condiciones precarias, sin acceso a servicios básicos, en viviendas que no son de su
propiedad. En este contexto, tanto la familia como el Estado están ausentes, y la comunidad,
debido a su propia crisis económica, no puede brindar el apoyo necesario. Esta falta de protección
convierte a estos menores en blancos fáciles para los grupos delictivos, que los consideran
especialmente vulnerables. La carencia de figuras protectoras, tanto en el ámbito familiar como
estatal, expone a estos niños y adolescentes a influencias negativas. Muchos de ellos abandonan
las instituciones educativas y encuentran en los Grupos de Delincuencia Organizada (GDO) un
sentido de pertenencia y una forma de subsistencia. Las cifras del Ministerio de Educación
reflejan la magnitud de este problema, al registrar una disminución significativa en la matrícula
escolar. En las provincias de la Costa se reportó una reducción de 64.024 estudiantes, mientras
que en la Sierra la disminución fue de 55.316 entre los periodos 2022-2023 y 2023-2024. Estas
cifras evidencian la gravedad de la deserción escolar y el riesgo creciente de que miles de menores
sean captados por los GDO. Los adolescentes son explotados por grupos delictivos debido a su
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condición de vulnerabilidad. Este fenómeno ha planteado un problema significativo, ya que la
comunidad ha cuestionado la necesidad de juzgar a adolescentes por los delitos de homicidio y
sicariato, los cuales han aumentado significativamente entre 2022 y 2024. La creciente
participación de menores en crímenes graves subraya la urgencia de abordar las causas
subyacentes de esta explotación y la necesidad de un enfoque integral que combine medidas de
prevención, intervención y justicia.
CONCLUSIONES
Si bien es cierto en el ámbito social, se han implementado programas de prevención del
delito y promoción de entornos seguros, como el Programa de Escuelas Seguras, que busca
reducir la violencia escolar y mejorar la convivencia entre estudiantes. También se desarrollan
actividades deportivas y culturales para involucrar a los jóvenes en actividades positivas y
alejarlos de conductas delictivas (Ministerio de Educación del Ecuador, 2022). Es necesario que
el gobierno destine presupuesto para rescatar y proteger a los adolescentes de las bandas
criminales, brindándoles atención prioritaria basada en atención psicológica y reintegración
familiar.
Las intervenciones legales en Ecuador incluyen la aplicación del CONA (Congreso
Nacional del Ecuador, 2003) y el COIP (COIP, 2014), así como programas específicos como el
Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente. Este sistema proporciona un marco para la
atención y reintegración de adolescentes infractores, buscando su rehabilitación a través de
medidas socioeducativas y la participación de la familia y la comunidad. La imputabilidad de los
adolescentes infractores es un tema complejo que implica equilibrar la necesidad de justicia con
la protección de los derechos de los menores. La Convención sobre los Derechos del Niño,
adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, establece que los niños tienen derecho
a un trato que respete su dignidad y promueva su reintegración en la sociedad. Reducir la edad de
responsabilidad penal y eliminar garantías procesales contraviene estos principios, ya que los
adolescentes no tienen el mismo nivel de madurez ni capacidad de discernimiento que los adultos.
En muchos casos, los adolescentes involucrados en actividades delictivas son a su vez víctimas
de entornos violentos y desestructurados. La percepción de los adolescentes como principales
causantes de la violencia ignora estos contextos y fomenta políticas punitivas que no abordan las
causas subyacentes del problema, la crítica es frecuentemente a la falta de sanciones severas a los
adolescentes involucrados en delitos graves como sicariato y homicidio. Las opiniones de
diferentes autores plantean que, en lugar de implementar medidas más severas, es crucial
promover políticas que enfoquen la rehabilitación y la reintegración social de los jóvenes
infractores, reconociendo su potencial para el cambio y su derecho a ser tratados conforme a su
desarrollo y necesidades específicas.
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La efectividad de las intervenciones en Ecuador ha sido mixta. Por un lado, se han logrado
avances en la reducción de la reincidencia de adolescentes infractores que participan en programas
de rehabilitación y reintegración. Estos programas han demostrado ser efectivos en proporcionar
a los jóvenes las habilidades y el apoyo necesarios para reintegrarse en la sociedad. Sin embargo,
la falta de recursos, la insuficiente capacitación del personal y la fragmentación de los esfuerzos
interinstitucionales limitan el impacto de estas intervenciones. Un informe del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos de Ecuador señala que, aunque ha habido mejoras en la atención a
adolescentes infractores, aún es necesario fortalecer los programas de prevención y mejorar la
coordinación entre las diferentes entidades involucradas en la atención y rehabilitación de estos
jóvenes.
Sin embargo, se concluye que bajo las norma actual los adolescentes no puede ser
imputados; que el gobierno debe de cumplir con la Constitución de garantizar los derechos de los
menores y ante el incremento de casos donde adultos utilizan a menores para ejecutar delitos
graves, se hace imperativa una reforma al artículo 369.1 del COIP que contemple sanciones más
severas para los adultos responsables y que se haga un seguimiento del cumplimiento del artículo
antes mencionado, con la finalidad de que la fiscalía reporte a la Asamblea Nacional si se es
realizando las investigaciones y el procesamiento de los adultos que adecuen su conducta a este
tipo penal.
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