Vol. 11/ Núm. 2 2024 pág. 3623
de datos personales se realice con un objetivo claro, explícito y legítimo, y que su tratamiento no
se desvíe de estos objetivos iniciales.
El principio de proporcionalidad dicta que el manejo de los datos debe ser compatible con
las finalidades para las que fueron recabados y no exceder lo necesario respecto a los fines para
los que fueron recolectados. Finalmente, el principio de minimización establece que la cantidad
de datos personales recolectados y procesados debe limitarse estrictamente a lo esencial para
alcanzar los propósitos definidos.
Alcances del Hábeas Data en la Era Digital
En la era digital, el Hábeas Data cubre diversos aspectos fundamentales en la protección
de datos personales. En primer término, se reconoce a las personas el derecho de acceder a sus
datos personales que se conservan en bases de datos, permitiéndoles verificar el origen, finalidad
y destino de estos datos. Este derecho de acceso es crucial para asegurar tanto la transparencia
como la responsabilidad en la gestión de la información personal.
Además, el Hábeas Data faculta a los individuos para requerir la corrección, actualización
o supresión de datos personales que sean incorrectos, incompletos o que estén desfasados. Este
derecho de rectificación es vital para certificar la precisión y la fiabilidad de estos datos, aspectos
que pueden impactar significativamente la vida y el bienestar de las personas.
Por último, el Hábeas Data también contempla el derecho de oposición, que adjudica a
los ciudadanos a rechazar el procesamiento de su información personal bajo ciertas condiciones.
Este derecho adquiere especial importancia en el ámbito de la publicidad y el marketing digital,
donde los datos personales son frecuentemente empleados sin un consentimiento claro y directo
de los sujetos implicados.
Procedimientos y garantías en el ejercicio del hábeas data
Iniciar un proceso de Hábeas Data en Ecuador requiere que el interesado haga una solicitud
formal ante la entidad o individuo que posee los datos. Esta solicitud debe ser clara y detallada,
incluyendo los datos personales del solicitante, la información específica que desea acceder o
corregir, y las razones detrás de la solicitud.
La entidad a la que se dirige tiene un plazo máximo de quince días para emitir una
respuesta. Si la respuesta es insatisfactoria o no se recibe dentro del plazo estipulado, el solicitante
puede llevar el caso ante un juez, presentando una acción de protección. Esta acción debe
acompañarse de la solicitud original y cualquier prueba adicional que apoye el caso del solicitante.
En el ámbito judicial, el juez evaluará la validez de la solicitud y la respuesta (o ausencia
de esta) por parte de la entidad o persona encargada de los datos. Si la acción de protección es
aceptada, el juez puede imponer medidas cautelares para asegurar que los datos no se destruyan
o alteren durante el proceso judicial.
El procedimiento culmina con una audiencia pública en la cual ambas partes pueden
presentar sus argumentos y pruebas. El juez, basado en el principio pro-persona y los estándares