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problemas públicos, promoviendo la reflexión sobre el tema, con el propósito de realizar diversos
análisis que permitan la toma de decisiones en base a evidencia (Gob.pe, 2023).
En ese sentido, como parte de la estrategia de la implementación, se emitió la Resolución
de Secretaría de Gestión Pública N° 008-2021, que aprobó el Plan de Implementación del análisis
de impacto regulatorio Ex Ante para las entidades del Poder Ejecutivo, conteniendo las etapas
(Planificación y elaboración de instrumentos, sensibilización, fortalecimiento de capacidades,
pilotos, aplicación obligatoria) y los plazos (obligatoriedad para todas las entidades del Poder
Ejecutivo a partir del 01 de julio del 2022), para el cumplimiento obligatorio de la mencionada
metodología, siempre con la supervisión, monitoreo y evaluación transversal en todas las etapas
por el ente rector.
Cabe indicar que, la SGP ha realizado un arduo trabajo de evangelización de la mejora
regulatoria en las entidades del Poder Ejecutivo, de ahí que desde su aplicación obligatoria (01 de
julio del 2022), ha desarrollado diversos despliegues de capacitación, talleres prácticos, talleres
especializados y cursos especializados en AIR Ex Ante a 55 de dichas entidades, teniendo como
resultado a 632 servidores públicos de los diferentes sectores capacitados en dicha metodología.
(SSAR, 2023).
Asimismo, reporta en su página web que, las entidades del Poder Ejecutivo vienen
utilizando la metodología de acuerdo a las prerrogativas del Reglamento, teniendo la facultad de
evaluar y decidir su aplicación o excepción de corresponder. Es así que, a diciembre del 2023,
han solicitado 546 excepciones (por materia o temporalidad) y se han elaborado 7 expedientes
AIR Ex Ante a cargo de MVCS (2), MINCETUR (1), MEF (3) y MTC (1). (Gob.pe, 2023).
Aquí, en línea de continuidad y avance para la reforma, se debe destacar el rol de la
Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (CMCR), como órgano colegiado de naturaleza
permanente que depende de la PCM, quien la preside y tiene por objeto evaluar y validar la
aplicación y los resultados de los instrumentos de la mejora de la calidad regulatoria, tal como se
demuestra de los resultados antes referidos. (DL N° 1565, 2023, p.11).
No obstante, aún no se evidencia un completo apoyo de los órganos de alta dirección,
quienes en el marco de la Gobernanza Regulatoria son parte de la implementación y tienen la
corresponsabilidad de conducir la mejora de la calidad regulatoria en sus sectores u organismos
públicos, así como supervisar el cumplimiento de la misma.
En este extremo, es importante resaltar que entre otros factores que dificultan las
condiciones necesarias para continuar con la implementación de la reforma de la mejora de la
calidad regulatoria, se encuentra la inestabilidad política evidenciada en los múltiples cambios de
gestión en los últimos años. Asimismo, existe una mayor rotación del personal de las entidades
del Poder Ejecutivo que obliga al rector a capacitar y brindar asistencia técnica constantemente a
los equipos a cargo de la aplicación de las metodologías, sin contar que al inicio de la